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Un procedimiento deficiente y parcial

Según el Código de Derecho Canónico de 1917, el cual se encontraba vigente en los años de las apariciones marianas de Garabandal, D. Valentín Marichalar no se equivoco al señalar que en el trabajo de la comisión “Nada se hizo bien”. Él fue claro al decir: “La comisión estaba haciendo todo lo posible para terminar con esto por medios lícitos o ilícitos”. Desde el inicio, no creían en las apariciones y actuaban con el objetivo de cerrarlas, no de investigarlas. La imparcialidad, requisito fundamental de cualquier comisión, se perdió desde el primer momento.

Marichalar señaló que ni él ni Conchita fueron llamados a prestar juramento antes de sus interrogatorios, lo que invalidaría formalmente las declaraciones. Además, según el párroco, se sometía a la niña a largas horas de presión para que dijera lo que no quería decir. Hubo ocasiones en que, bajo manipulación, logró que negara hechos que antes había afirmado. Esto constituye un vicio en el consentimiento del testimonio y un uso ilícito de la autoridad.

También se podría decir que sufrió un desdén de la comisión. Según sus propias palabras, para ellos él “pintaba menos que un cero a la izquierda”. Pero intentaron que firmara una declaración que lo comprometiera. Marichalar se negó, alegando que no podía pronunciarse sin ver antes la evolución de los acontecimientos.

No solo lo trataron de esa manera, sino que, en una ocasión, la comisión intentó apartarlo del pueblo sugiriéndole que pidiera por escrito unas “vacaciones”, para disimular que lo estaban presionando. Él respondió tajante: “Si me enviáis fuera me iré, pero yo no lo pediré”.

Estas irregularidades no solo ponen en entredicho las conclusiones oficiales, sino que dejan abierta la pregunta de si alguna vez hubo una investigación realmente objetiva sobre los sucesos de Garabandal. A la luz de estos hechos, resulta comprensible que muchos fieles y estudiosos consideren que el caso permanece abierto, a la espera de un juicio justo y transparente.

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