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Las Investigaciones jurídicas de 1666: un origen inesperado en la causa Guadalupana

Autoras: Marta y Elidé Rojas

Las llamadas Investigaciones Jurídicas de 1666 constituyen un documento clave para comprender la historia de las apariciones de la Virgen de Guadalupe y la posterior beatificación de Juan Diego. Se trata de un conjunto de testimonios indígenas y españoles que ocupan un lugar fundamental en la historiografía guadalupana.

El origen de estas investigaciones se remonta a la petición del canónigo Francisco de Siles, quien solicitó a Roma autorización para celebrar misa, oficio y fiesta en honor a Nuestra Señora de Guadalupe. Para obtener dicha aprobación era necesario seguir un proceso legal y notariado, con interrogatorios formales a testigos. Sin embargo, el encargado oficial nunca llegó ni se recibió respuesta inmediata de Roma. Ante esto, el propio Siles asumió la tarea y, con un cuestionario de nueve preguntas, recorrió Cuautitlán y otras localidades para recabar testimonios.

Según explica el padre Eduardo Chávez, en total se recogieron 21 declaraciones: ocho procedentes de habitantes de Cuautitlán, diez de sacerdotes del clero de México y dos de caballeros nobles. Estos relatos ofrecen una visión variada y detallada de la tradición guadalupana. Entre ellos destaca el testimonio del padre Luis Becerra Tanco, cuya declaración se relaciona estrechamente con el Nican Mopohua, texto esencial en la transmisión de las apariciones.

Las actas, que sumaban alrededor de 200 folios, fueron enviadas a Roma. De este modo, constituyeron un respaldo legal y oficial a la devoción guadalupana y al testimonio de Juan Diego en 1531. No obstante, el proceso atravesó dificultades: extravíos, negligencias y periodos de desinterés. La causa fue retomada en 1728, pero no fue sino hasta 1894, más de dos siglos después, que finalmente se otorgó la autorización para celebrar misa y fiesta en honor a la Virgen de Guadalupe.

Estas investigaciones, pese a su accidentado recorrido, son un testimonio invaluable. Reflejan la profundidad y la seriedad con que se comenzó a reconocer jurídicamente el culto guadalupano, y constituyen un hito en la construcción de una de las devociones marianas más extendidas del mundo.

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